Exenciones Impositivas
Requisitos Exención IIBB
Requisitos para Exención Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Exención Viviendas EBY
Nota solicitud de exención viviendas EBY - Art. 139° inc. k- CFP
Requisitos para exención viviendas de la EBY-Art. 139° inc. k Código Fiscal Provincial
Exención Viviendas IPRODHA
Nota solicitud de exención viviendas IPRODHA- Art. 139° inc. L CFP
Requisitos para exención Viviendas del IPRODHA-Art. 139° inc. L Código Fiscal Provincial
Exención Viviendas JUBILADOS Y PENSIONADOS
Nota solicitud de exención viviendas JUBILADOS-PENSIONADOS - Art. 139° inc. N- CFP
Requisitos para exención Viviendas de JUBILADOS y PENSIONADOS-Art. 139° inc. N Código Fiscal Provincial
Requisitos Exención impuesto de SELLOS
Requisitos para exención para IMPUESTO DE SELLOS - Art. 205° inc.B Código Fiscal Provincial
Requisitos Exención ASOC. CIVILES con PERS. JUR. SIN FINES DE LUCRO
Requisitos para exención Asociaciones Civiles con Personería Jurídica sin fines de Lucro-Art. 139° inc. c Código Fiscal Provincial
Requisitos Exención TEMPLOS RELIGIOSOS
Requisitos para exención para TEMPLOS RELIGIOSOS y sus Dependencias- Art. 139° inc. B Código Fiscal Provincial
Requisitos Exención IPA
El Estado nacional, provincial, municipal, sus dependencias y reparticiones autárquicas o descentralizadas.
Instituciones Religiosas e Instituciones de beneficencia pública, con personería jurídica.
Representaciones Diplomáticas y cónsules acreditados en el país.
Cuerpo de Bomberos Voluntarios.
Los vehículos propiedad de las personas sujetas a alguna discapacidad de carácter permanente.
Instituciones Religiosas e Instituciones de beneficencia pública, con personería jurídica.
Requisitos solicitud exención IPA Art 252 Código Fiscal Provincial
Requisitos y Documentación para Exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Requisitos:
Estar inscripto en la Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Tener declarada ante este Organismo la actividad Primaria desarrollada.
La Actividad Primaria debe ser desarrollada en inmueble/s ubicado/s dentro de la Jurisdicción Provincial.
Debe tener regularizado el impuesto Inmobiliario correspondiente al desarrollo de la actividad primaria, como así también cualquier otra partida inmobiliaria a su nombre.
En caso de desarrollar otra actividad gravada por el impuesto sobre los Ingresos Brutos, no debe registrar deuda en ese concepto.
Documentación a Presentar:
Certificado de Productor Primario emitido por el Ministerio del Agro y la Producción de la Provincia de Misiones, conforme a la RG. 029/2012.
Copia impresa de la solicitud de emisión del Certificado tipo "A" de productor primario , tramitado vía web en la página de la Dirección General de Rentas de la Pcia de Mnes.-
En caso de persona física : copia de la primera y segunda hoja del DNI.-
En caso de persona jurídica: Copia de contrato social o Estatuto según corresponda.-
Constancia de Inscripción en AFIP.-
Dos boletas de servicio que acredite el domicilio declarado.-
En caso de no ser titular del inmueble donde desarrolla la actividad deberá presentar documentación que acredite el carácter en que lo explota.