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D717 – Eximición pago Impuesto de sellos (Fundación Asuntos Agrarios)

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PCIA. DE MNES.

DECRETA:

ARTICULO 1º:

EXIMESE del pago del Impuesto de Sellos a los contratos, convenios y cuantos actos jurídicos fueren necesarios, y las respectivas garantías que se constituyan; con los beneficiarios de programas y/o planes que se ejecuten en la Fundación Asuntos Agrarios, en su carácter de Organismo ejecutor de programas y/o planes que se implementen por el “Plan Quinquenal de Reconversión y Diversificación Productiva del Area Tabacalera en la Provincia de Misiones.

ARTICULO 2º:

REFRENDARAN el presente Decreto los señores Ministros de Asuntos Agrarios, de Economía y Obras Públicas.

ARTICULO 3º: DE FORMA.

B.O. 12/06/97