ARTÍCULO 1.- Adhiérese la Provincia de Misiones a la Ley nacional 25.917, de creación del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal.
ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo debe realizar las acciones necesarias a los fines de acordar con el Gobierno nacional un plan que asegure la progresiva reducción de la deuda y su convergencia a los niveles definidos en la ley en un plazo máximo de 5 (cinco) años.
ARTÍCULO 3.- Invítase a los municipios a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 4.- La presente ley entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2005 y sus disposiciones no podrán alterar lo establecido en la Ley 4142.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Posadas, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil cuatro.
LEY N° 4166.