R.G. Nº 022/00
Posadas, 26 de Julio de 2000
VISTO: La solicitud de prórroga de la Resolución General Nº 009/99 DGR efectuada por la Federación de Cooperativas Eléctricas de Misiones Ltda; y
CONSIDERANDO:
QUE por Resoluciones Generales Nros, 020/97 DGR, 016/98 DGR y 009/99 DGR se exceptuó a las Cooperativas Eléctricas de la Provincia de Misiones de ser sometidas a percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, conforme al Régimen de Percepción establecido por Resolución General Nº 003/93 DGR y sus modificatorias;
QUE la excepción dispuesta por Resolución General Nº 009/99 DGR tuvo vigencia hasta el día 02 de Julio de 2000, inclusive;
QUE de acuerdo a la presentación efectuada por los Señores Presidente y Secretario, respectivamente, de la citada Federación de Cooperativas, no se han solucionado las causales que le dieron origen y sustento a las mencionadas normas;
QUE conforme a lo expuesto es procedente ampliar el término de la excepción dispuesta oportunamente;
QUE esta Dirección se encuentra facultada para dictar medidas en tal sentido, conforme a los Artículos 16º inciso e) y 129º, segundo párrafo, del Código Fiscal Provincial (t.o. 1991 y sus modificatorios).
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º:
PRORROGASE el término de la excepción establecido por Resolución General Nº 009/99 DGR, por un año, contado a partir del día 02 de Julio de 2000.
ARTICULO 2º: De forma.