R.G. Nº 081/02
Posadas, 6 de Diciembre de 2002
VISTO: Las Resoluciones Generales Nros.031/01, 037/01, 043/01, 046/01, 006/02, 010/02, 044/02 y 068/02 de la Dirección General de Rentas; y,
CONSIDERANDO:
QUE por Resolución General N°068/02-D.G.R.-, fue prorrogado hasta el día de la fecha, el plazo para acogimientos al Régimen Especial de Facilidades de Pagos de tributos provinciales establecido por Decreto N°1464/01, únicamente para productores primarios de productos agrícolas originados en la Provincia de Misiones;
QUE la Ley N°3855 prorrogó por el término de un (1) año la emergencia agraria yerbatera del sector primario declarada por Ley N°3762;
QUE ante numerosas solicitudes, se considera conveniente contemplar un nuevo plazo para acogimientos al régimen del Decreto N°1464/01, únicamente para productores primarios de productos agrícolas originados en la Provincia de Misiones, a fin de que un mayor número de contribuyente pueda acceder al mismo;
QUE conforme a lo dispuesto por el artículo 16°, inciso b), del Código Fiscal Provincial (T.O. 1991), la Dirección General de Rentas se encuentra facultada para adoptar medidas de tal naturaleza.
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- PRORROGASE hasta el día 07 de Marzo de 2003, el plazo fijado por el artículo 6° de la Resolución General N°031/01-D.G.R-, únicamente para los productores primarios de productos agrícolas originados en la Provincia de Misiones.
ARTICULO 2°.- De forma.