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RG19 – Prórroga vencimiento moratoria para Productores Primarios

R.G. Nº 019/03

POSADAS, 05 MAY 2003.-

RESOLUCION GENERAL Nº 019/03 -D.G.R.-

VISTO: Las Resoluciones Generales Nros. 031/01, 037/01, 043/01, 046/01, 006/02, 010/02, 044/02, 068/02, 081/02 y 013/03 de la Dirección General de Rentas; y

CONSIDERANDO:

QUE por Resolución General Nº 013/03 -D.G.R.- fue prorrogado hasta el día 09 de Mayo 2003 el plazo para el acogimiento al Régimen Especial de Facilidades de Pagos de tributos provinciales establecido por Decreto Nº 1464/01, únicamente para productores primarios de productos agrícolas originados en la Provincia de Misiones;

QUE la Ley Nº 3855 prorrogó por el término de un (1) año la emergencia agraria yerbatera del sector primario declarada por Ley Nº 3762;

QUE ante numerosas solicitudes de distintos sectores, se considera conveniente contemplar un nuevo plazo para acogimientos al régimen del Decreto Nº 1464/01, únicamente para productores primarios de productos agrícolas originados en la Provincia de Misiones, a fin de que un mayor número de contribuyentes pueda acceder al mismo;

Que la Dirección General de Rentas se encuentra facultada para la adopción de medidas de tal naturaleza, conforme a lo establecido por el artículo 16º, inciso b) del Código Fiscal Provincial (T.O. 1991);

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º: PRORRÓGASE hasta el día 08/07/2003, el plazo fijado por el artículo 6º de la Resolución General Nº 031/01 D.G.R.-, únicamente para los productores primarios de productos agrícolas originados en la Provincia de Misiones.

ARTICULO 2º: REGÍSTRESE. Comuníquese. Tomen conocimiento Secretaría de Estado de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las Subdirecciones de Fiscalización, de Recaudaciones, Jurídica y Técnica y de Auditoría y Planificación de la Dirección General de Rentas, y por sus intermedios los distintos Departamentos y Secciones, las Delegaciones del Interior de la Provincia y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dese a publicidad. Cumplido, ARCHÍVESE.