POSADAS, 20 de febrero de 2004
VISTO: La Resolución General Nº 060/03, de esta Dirección por la cual se estableció el Calendario de Vencimientos para el pago de las cuotas y del pago total del Impuesto Inmobiliario para el Año Fiscal 2004; y
CONSIDERANDO:
QUE en virtud de la misma se ha establecido el día 20 del corriente mes como plazo para el pago de la primera cuota y de la opción contado, en su caso, con derecho a bonificación;
QUE la Dirección General de Catastro ha solicitado una extensión del vencimiento de la primera cuota debido a inconvenientes técnicos surgidos en el sector del padrón de contribuyentes del I.PRO.D.HA. y otros vinculados con la incorporación de mejoras no declaradas;
QUE, esta Dirección estima atendible y por lo tanto, procedente, ampliar el plazo para que en lo posible, todos los sectores estén en condiciones de obtener la bonificación prevista en la legislación vigente;
Que la Dirección General de Rentas se encuentra facultada para la adopción de medidas de tal naturaleza, conforme a lo establecido por el artículo 16º, inciso b) del Código Fiscal Provincial (T.O. 1991);
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: CONSIDERAR como ingresados en término hasta el día 22/03/2004, los pagos que se realicen en concepto de primera cuota y opción contado del Impuesto Inmobiliario correspondiente al Año Fiscal 2004.
ARTICULO 2º: De forma.