VISTO:
El Expte. 3252-1959-2017 Registro de la DGR S/Apertura Cuenta Especial y la Disposición N° 099/17-DGR, y;
CONSIDERANDO:
QUE, por Decreto N° 347/2017 se creó el “Fondo de Financiamiento para la Cosecha de la Yerba Mate”, estableciendo en el Art. 2° que la administración y recupero administrativo o judicial de los recursos afectados estará a cargo de la Dirección General de Rentas debiendo proceder a tales efectos a la apertura de una cuenta especial que se regirá de acuerdo a las pautas establecidas en los Arts. 19º y 63º de la Ley VII – N° 11;
QUE, mediante Disposición N° 099/2017-DGR se procedió a la apertura de una cuenta en el Banco Macro SA denominada “DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS-FONDO DE FINANCIAMIENTO PARA LA COSECHA DE YERBA MATE” N° 3-001-20941559394-3 cuyo titular es la Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones;
QUE, en la mencionada cuenta fue depositado el anticipo financiero proveniente de los Fondos de Rentas Generales de la Provincia de Misiones, destinados a integrar el “Fondo de financiamiento de la Cosecha de Yerba Mate”;
QUE, a través del Decreto PE 347 de fecha 03/04/2017 se resolvió que el anticipo financiero otorgado a esta Dirección General de Rentas será reintegrado una vez finalizada la operatoria;
QUE, conforme Nota de fecha 21/08/2018 proveniente del Banco Macro SA se nos informó que las operaciones encuadradas dentro del Convenio de Financiamiento al Sector Yerbatero suscripto en fecha 12/05/2017, han sido canceladas en su totalidad, por lo que el anticipo financiero ofrecido en garantía para la mencionada línea se encuentra liberado a la fecha;
POR ELLO
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.-
TÉNGASE por concluidas las operaciones encuadradas dentro del Convenio de Financiamiento al Sector Yerbatero suscripto en fecha 12/05/2017.-
ARTICULO 2°.-
REINTÉGRESE la suma de PESOS 30.000.000 (pesos treinta millones) otorgado como anticipo financiero para integrar el “Fondo de financiamiento para la Cosecha de la Yerba Mate”, a la cuenta N° 23/9 – RENTAS GENERALES.-
ARTICULO 3°.-
DERÓGUESE la Resolución General N° 12/2017 DGR “Beneficiarios del Fondo de Financiamiento para Cosecha de Yerba Mate”.-
ARTICULO 4°.-
REGÍSTRESE, Comuníquese. Tome conocimiento el Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, Tesorería General, el Banco Macro SA y la Dirección de Administración de la Dirección General de Rentas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Misiones. Cumplido, ARCHÍVESE.-