VISTO:
La Resolución General N° 020/10 –DGR a través de la cual se estableció un Régimen de Información de Comercialización de Gas Licuado en la Provincia de Misiones; y
CONSIDERANDO:
QUE, el artículo 3° de la mencionada Resolución establece como fecha de vencimiento para el empadronamiento como Agentes de Información el día 30/07/2010;
QUE, debido a inconvenientes técnicos en el Sistema Informático de la Dirección, se hace necesario ampliar la fecha de vencimiento antes mencionada hasta el día 02/08/2010;
QUE, esta Dirección se encuentra facultada para el dictado de medidas en tal sentido, conforme lo establecido por el artículo 17°, inciso b) del Código Fiscal Provincial Ley XXII – N° 35 (Antes Ley 4366);
POR ELLO
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º: CONSIDERAR como efectuado en término el empadronamiento fijado en el artículo 3° de la R.G. N° 020/10-DGR con vencimiento el 30/07/2010, y que se efectúen el día 02/08/2010.
ARTICULO 2º: REGISTRESE. Comuníquese. Tomen conocimiento la Secretaría de Estado de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las Subdirecciones, Direcciones, Departamentos, Delegaciones y Receptorías de la Dirección General de Rentas. Dese a publicidad. Cumplido, ARCHIVESE.