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RG09 -Resolución General N° 009/2011-D.G.R..-

RESOLUCIÓN GENERAL N° 009/2011-D.G.R.

VISTO:

El Decreto N° 1464/01 y las Resoluciones Generales Nros. 031/01 sus modificatorias y la 006/07- DGR; y

CONSIDERANDO:

QUE, la Resolución General N° 006/07-DGR establece que podrá regularizarse a través del Régimen Especial de Facilidades de Pago instituido por Decreto N° 1464/01, las obligaciones fiscales vencidas al 31 de Diciembre de 2006, originadas en el Impuesto Inmobiliario Básico;

QUE, se estima oportuno y conveniente modificar la Resolución General mencionada en el párrafo anterior, a fin de incluir las obligaciones fiscales vencidas al 31 de Diciembre de 2010;

QUE, por Resolución General N° 030/10- DGR- fue prorrogado hasta el día 28/02/11, el plazo de adhesión al Régimen Especial de Facilidades de Pagos de tributos provinciales establecido por Decreto N° 1464/01, únicamente para productores primarios de productos agrícolas originados en la Provincia de Misiones;

QUE, el Señor Ministro Secretario del Agro y la Producción de la Provincia de Misiones ha solicitado una nueva prórroga del citado vencimiento debido a la constante solicitud de productores e intendentes del interior de la Provincia;

QUE, a la fecha se mantienen las situaciones y condiciones necesarias para acceder favorablemente a lo requerido;

QUE,la Dirección General de Rentas se encuentra facultada para la adopción de medidas en tal sentido, conforme a lo establecido en el Código Fiscal Provincial Ley XXII – N° 35 (Antes Ley 4366).

POR ELLO

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º:    MODIFICASE el artículo 1° de la Resolución General N° 006/07-DGR, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 1º:    ESTABLECESE que podrá regularizarse a través del Régimen Especial de Facilidades de Pago instituido por Decreto N° 1464/01, las obligaciones fiscales vencidas al 31 de Diciembre de 2010, inclusive las incluidas en planes de facilidades de pago o regímenes especiales de facilidades de pago, originadas en el Impuesto Inmobiliario Básico, únicamente para productores primarios de productos agrícolas originados en la Provincia de Misiones, con el alcance previsto en el artículo 1° de la Resolución General N° 020/03-D.G.R.

ARTICULO 2º:    MODIFICASE el artículo 2° de la Resolución General N° 006/07-DGR, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 2º:    LAS disposiciones de la Resolución General N° 031/01-DGR, serán de aplicación en la medida que se encuentren vinculadas con el tipo de deuda que podrá regularizarse mediante el presente régimen, es decir: Impuesto Inmobiliario Básico. 
En los casos en que la Resolución General N° 031/01-DGR hace referencia al “31 de Octubre de 2001”, a los efectos del presente deberá entenderse: “31 de Diciembre de 2010”.”

ARTICULO 3º:    PRORROGASE hasta el día 31/08/11, el plazo fijado por el artículo 6° de la Resolución General N° 031/01 -D.G.R.- únicamente para productores primarios de productos agrícolas originados en la Provincia de Misiones, con el alcance previsto en el artículo 1° de la Resolución General N° 020/03-D.G.R.-.

ARTICULO 4º:    REGÍSTRESE Comuníquese. Tomen conocimiento: Secretaría de Estado de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, Secretaría del Agro y la Producción, las Subdirecciones de Fiscalización, de Jurídica y Técnica, de Recaudaciones, de Auditoria y Planificación de la Dirección General de Rentas y por sus intermedios a los distintos Departamentos, Delegaciones y Receptorías. Dese a publicidad. Cumplido, ARCHIVESE.