2017 – “Año de las Personas con Discapacidad, por una Sociedad Inclusiva e Integrada”
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 23/2017
POSADAS, 16 de Agosto de 2017.-
VISTO:
La Resolución General G 35/2002 y el Decreto 1166/2017, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el Artículo 5 del Decreto Nº 1166/2017 instruye a la Dirección General de Rentas que establezca un mecanismo a fin de que los créditos hipotecarios y los subsidios del Estado Nacional que se acrediten en las cuentas de los beneficiarios del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única y Familiar (Pro.Cre.Ar.). en todas sus modalidades, queden excluidos o no alcanzados por retenciones o percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
QUE, en atención a ello corresponde introducir adecuaciones a la Resolución General 035/2002;
QUE, la Dirección General de Rentas está facultada para dictar el presente acto, conforme lo establece el Art. 17º del Código Fiscal Provincial Ley XXII – Nº 35 (Antes Ley 4366).
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º:INCORPORASE como Inciso u) del Artículo 12º de la Resolución General 35/2002, el siguiente texto: “u) Los importes correspondientes a créditos hipotecarios y subsidios que se acrediten y tenga origen en el Programa Crédito Argentino del Bicentenario (Pro.Cre.Ar.)”.
ARTICULO 2º: LA presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación.-
ARTICULO 3°:REGÍSTRESE. Comuníquese. Tomen conocimiento: el Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las Subdirecciones, Direcciones, Departamentos, Delegaciones y Receptorias de la Dirección General de Rentas. Publiquese en el Boletin Oficial de la Provincia, ARCHÍVESE.-