Estimado contribuyente:
La Resolución General N° 14/2017 DGR establece el Régimen de Exclusión del Pago a Cuenta (SR341), que permite a los proveedores no efectuar el pago del anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, previsto en la RG N° 56/2007 DGR, cuando se cumplan las siguientes condiciones:
El plazo de presentación de la Declaración Jurada rige desde el 1 de enero hasta el 31 de mayo de cada año. El trámite debe realizarse con clave fiscal en el sitio web de la Dirección General de Rentas (https://administraciones.gob.ar), completando el Formulario SF 176. Una vez recepcionado el Formulario SF 176, la Agencia, previo otorgamiento del beneficio, validará los datos informados por el agente, situación fiscal del remitente y los parámetros de otorgamiento fijados por la Dirección de Coordinación de Políticas Fiscales. Luego será remitido al Domicilio Fiscal Electrónico declarado por el agente la nómina de los proveedores aprobados, a los cuales deberá notificar la vigencia de la exclusión.
controlfiscalconsultas@dgr.misiones.gov.ar
Horarios: De 6:30 a 14:30 Hs.
Calle Colón 1362 1° piso Posadas-Misiones Argentina