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Exclusión del Pago a Cuenta del IIBB – SR 341

Régimen de Exclusión del Pago a Cuenta del IIBB (SR341) e Información

Régimen de Exclusión del Pago a Cuenta del IIBB (SR341) e Información

Estimado contribuyente:

La Resolución General N° 14/2017 DGR establece el Régimen de Exclusión del Pago a Cuenta (SR341), que permite a los proveedores no efectuar el pago del anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, previsto en la RG N° 56/2007 DGR, cuando se cumplan las siguientes condiciones:

  • El destinatario de la carga se encuentre registrado ante la Dirección General de Rentas
  • Actúe como Agente de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, conforme al régimen de la RG N° 03/93 DGR y sus modificatorias.
  • El agente presente ante esta Agencia Tributaria de Misiones la nómina de proveedores inscriptos en IIBB con jurisdicción sede en otra provincia, debidamente identificados. Recuerde que el proveedor debe haber sufrido retenciones durante el año calendario previo a la solicitud.

El plazo de presentación de la Declaración Jurada rige desde el 1 de enero hasta el 31 de mayo de cada año. El trámite debe realizarse con clave fiscal en el sitio web de la Dirección General de Rentas (https://administraciones.gob.ar), completando el Formulario SF 176. Una vez recepcionado el Formulario SF 176, la Agencia, previo otorgamiento del beneficio, validará los datos informados por el agente, situación fiscal del remitente y los parámetros de otorgamiento fijados por la Dirección de Coordinación de Políticas Fiscales. Luego será remitido al Domicilio Fiscal Electrónico declarado por el agente la nómina de los proveedores aprobados, a los cuales deberá notificar la vigencia de la exclusión.

Mail:

controlfiscalconsultas@dgr.misiones.gov.ar

Horario:

Horarios: De 6:30 a 14:30 Hs.

Dirección:

Calle Colón 1362 1° piso Posadas-Misiones Argentina