VISTO: Las modificaciones al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos comprometidas en el “Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento”, del día 12 de Agosto de 1993 el cual fue aprobado por Ley Provincial 3045, y;
CONSIDERANDO:
QUE en cumplimiento a lo dispuesto en el Acto Declarativo Segundo, punto 4º, del citado Pacto Federal, el Gobierno Provincial ha dictado el Decreto Nº 27 de fecha 4/01/93 por el cual se ha modificado el alcance del Impuesto a los Ingresos Brutos respecto a determinadas actividades con el objetivo de disminuir su incidencia sobre el nivel de costos en el proceso económico;
QUE para lograr los objetivos previstos se considera necesario ampliar los alcances del citado Decreto Nº 27 a otros sectores industriales, en este caso el vinculado a la generación y transformación de energía;
QUE lo normado en el presente Decreto se encuentra dentro de las facultades previstas en el Artículo 12º de la Ley Provincial Nº 3084.
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PCIA. DE MNES.
DECRETA:
ARTICULO 1º:
AGREGUESE a continuación del inciso f) del Artículo 1º del Decreto Nº 27/94 el siguiente texto: g) Actividad industrial consistente en la generación y transformación de energía eléctrica.
ARTICULO 2º:
EL presente Decreto tendrá la vigencia dispuesta para el decreto Nº 27/94.
ARTICULO 3º:
REFRENDARA el presente Decreto el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas de la Provincia.
ARTICULO 4º: DE FORMA.
B.O. 22/02/94