Más resultados...

Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Post Type Selectors
a

Exclusión de Ingresos Brutos a las Propinas Digitales

Exclusión de Ingresos Brutos a las Propinas Digitales
Actualización normativa

Exclusión de Ingresos Brutos a las Propinas Digitales

La Resolución General N° 20/2025 D.G.R. introduce modificaciones en el régimen SIRTAC y excluye de retención las propinas digitales cuando estén correctamente identificadas y desglosables.

Por medio de la Resolución General N° 20/2025 D.G.R., se reglamentan modificaciones en el sistema unificado de recaudación denominado SIRTAC (Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compras). Con esta normativa, Misiones se suma a las provincias que excluyen de la retención de Ingresos Brutos a las propinas, recompensas o gratificaciones abonadas por el consumidor, cuando se canalicen por medios de pago alcanzados por el régimen y se encuentren perfectamente identificadas y desglosables, de acuerdo a los lineamientos del D.N.U. N° 731/2024.

¿Qué cambia con esta normativa?

La resolución ratifica que las propinas digitales abonadas voluntariamente por los consumidores no deben ser objeto de retención. Esto aporta claridad para comercios y trabajadores que perciben propinas a través de pagos electrónicos.

🧾
Exclusión de retención

Las propinas, recompensas o gratificaciones abonadas por el consumidor quedan excluidas de retención de Ingresos Brutos cuando estén identificadas y desglosadas.

💳
Aplicación en pagos digitales

Aplica cuando los importes se canalicen a través de medios de pago alcanzados por el régimen SIRTAC (tarjetas y compras electrónicas).

🍽️
Impacto en comercios y gastronomía

Aporta una aclaración clave para comercios y establecimientos gastronómicos, evitando retenciones sobre importes que no constituyen su ingreso bruto.

Fundamento y objetivo

La medida responde a la necesidad de adaptar los regímenes impositivos a la digitalización de pagos y clarificar el tratamiento de las propinas en medios electrónicos.

📌
No son Ingresos Brutos del comercio

Se clarifica que estos montos no deben considerarse parte de los ingresos brutos del comerciante cuando se trate de aportes voluntarios del consumidor.

🧑‍🍳
Tampoco son remuneración

La normativa apunta a reforzar que la propina digital no integra la remuneración del trabajador: es un importe voluntario del consumidor.

🛡️
Evita retención fiscal

Asegura que los importes abonados voluntariamente y mediante medios digitales no sufran retención, siempre que estén debidamente desglosados.

Resumen

Esta actualización normativa mejora la claridad del sistema de recaudación y se inscribe en un proceso de modernización tributaria, con especial atención a la digitalización de pagos y a la simplificación de los regímenes fiscales provinciales.

RG 20/2025 D.G.R. SIRTAC DNU 731/2024 Propinas digitales