POSADAS, 10 de Febrero de 2014
RESOLUCIÓN GENERAL N° 03/2015-D.G.R.
VISTO: La Resolución General N° 46/14-DGR, mediante la cual se fija el calendario de vencimientos correspondientes al año fiscal 2015, del Impuesto Inmobiliario, y;
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud de la misma se ha fijado para el día 10 de Febrero del año 2015 como plazo de pago de la opción contado, y la primera cuota del Impuesto Inmobiliario correspondiente al Año Fiscal 2015;
QUE, a fin de facilitar un mayor cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales se considera necesario extender el plazo establecido para el pago de la opción contado, como así también de la primera cuota del Impuesto Inmobiliario, en su caso, con derecho a bonificación;
QUE, esta Dirección General, se encuentra facultada para dictar medidas en tal sentido conforme a lo establecido en el Artículo 17° inciso b) del Código Fiscal Provincial ( Ley XXII – N° 35 Antes Ley 4366);
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
R E S U E L V E :
ARTICULO 1°: PRORROGARSE hasta el día 10 de Marzo del 2015, el plazo establecido por la Resolución General N° 46/14- DGR, para el pago de la opción contado o la primera cuota, en su caso, del Impuesto Inmobiliario correspondiente al Año Fiscal 2015.-
ARTICULO 2°: REGÍSTRESE. Comuníquese. Tome conocimiento Secretaria de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, la Dirección de Coordinación de Políticas Fiscales, las Subdirecciones y Fiscalización, de Recaudaciones; Jurídica y Técnica y de Auditoria y Planificación de la Dirección General de Rentas, y por sus Intermedios a los distintos Departamentos y Secciones, las Delegaciones del Interior de la Provincia y de la Capital Federal. Dese a publicidad. Cumplido, ARCHÍVESE.-