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R. G. 32 / 2016 “Modificaciones en las retenciones previstas en la RG 35/2002-DGR”

VISTO:

La Ley Nº XXII – Nº 39 y la Ley Nacional 27.260;

CONSIDERANDO:

QUE, la Provincia de Misiones adhirió a la Ley Nacional N° 27.260 “Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados”;

QUE, el Artículo 2 de la Ley N° XXII – N° 39 prevé exenciones para el Impuesto Inmobiliario, Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto de Sellos e Impuesto Provincial Automotor vinculados con los impuestos que se hubieren omitido ingresar y que tuvieran origen en los bienes y tenencias de moneda declarados en forma voluntaria en el país y en el exterior conforme al Título I de Libro II de la Ley Nacional N° 27.260;

QUE, la Dirección General de Rentas está facultada para dictar el presente acto, conforme lo establece el Artículo 17° del Código Fiscal Provincial;

POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:

ARTICULO 1°.-

Establecer que no deberán ser objetos de las retenciones prevista en la RG 35/2002 los importes que se depositen en entidades comprendidas en el régimen de las Leyes 21.526 y sus modificatorias, en razón de los dispuesto en el Artículo 38 Inc. c) de la Ley Nacional 27.260.-

ARTICULO 2°.-

LA presente entrará en vigencia a partir del día de su publicación.-

ARTICULO 3°.-

REGÍSTRESE, Comuníquese. Tomen conocimiento: el Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las Subdirecciones, Direcciones, Departamentos, Delegaciones y Receptorías de la Dirección General de Rentas. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido. ARCHÍVESE.-