DIRECCION GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN GENERAL N° 07/16- D.G.R.
POSADAS, 12 de abril de 2016.-
VISTO:
La presentación de la Cámara Argentina de Comercio y las Resoluciones Generales 05/2015 y 01/2016 de la Comisión Arbitral y;
CONSIDERANDO:
QUE la Cámara Argentina de Comercio requiere que sean consideradas presentadas en término las declaraciones juradas anuales F. CM05 que se presumen hasta el día 30/06/2016.
QUE con motivo del adelantamiento del vencimiento dispuesto por la Resolución General 05/2015 en el seno de la Comisión Arbitral se recibieron objeciones de contribuyentes y profesionales, manifestando preocupación por el cúmulo de tareas y la posibilidad de que, en algunos casos, no se cuente con Balances Generales auditados para la confección de las declaraciones juradas;
QUE es criterio de la Dirección articular con los contribuyentes y profesionales modalidades que permitan el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en tanto ello no entorpezca la normal percepción de las rentas públicas.
QUE en este caso es posible acceder a lo peticionado por la Cámara Argentina de Comercio,
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO 1°: ESTABLECER que se considerarán presentadas en término las declaraciones juradas anuales F. CM05 correspondientes al periodo fiscal 2015, que se realicen hasta el día 30 de junio de 2016.
ARTICULO 2°: REGISTRESE, Comuníquese. Tomen conocimiento: el Ministerio de hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las Subdirecciones, Direcciones, Departamentos, Delegaciones y Receptorías de la Dirección General de Rentas. Dese a publicidad. Cumplido, ARCHIVESE. –