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RG 42/2018: “Vencimientos Impuesto Inmobiliario 2019”

VISTO:

La Ley XXII – N° 25 (Antes Ley 3262) que en su Título I contempla la aplicación de escala de alícuotas, cargos mínimos, bonificaciones y demás especificaciones establecidas a efectos de la liquidación del Impuesto Inmobiliario Básico, y;

CONSIDERANDO:

QUE, se encuentran dadas las condiciones a efectos de establecer con la debida antelación la fecha de vencimiento para el pago de cada una de las cuotas y/o pago total del gravamen correspondiente al Año Fiscal 2019;

QUE, la Dirección General de Rentas se encuentra expresamente facultada para disponer medidas en tal sentido conforme a lo establecido en el Artículo 17° Inc. “b” del Código Fiscal Provincial – Ley XXII – N° 35;

POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.-ESTABLECER las siguientes fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Inmobiliario correspondiente al año fiscal 2019:

CUOTAFECHA DE VENCIMIENTO
1ra
y (opción contado)
08-02-2019
2da.10/04/2019
3ra.10/05/2019
4ta.10/06/2019
5ta.10/07/2019
6ta.12/08/2019
7ma.10/09/2019
8va.10/10/2019

ARTICULO 2°.-

REGÍSTRESE. Comuníquese. Tome conocimiento Secretaría de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las Direcciones de Administración y de Coordinación de Políticas Fiscales, las Subdirecciones de Fiscalización, de Recaudaciones; Jurídica y Técnica y de Auditoria y Planificación de la Dirección General de Rentas, y por sus Intermedios a los distintos Departamentos y Secciones, las Delegaciones del Interior de la Provincia y de la Capital Federal. Dese a publicidad. Cumplido, ARCHIVESE.