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RG 45-Cronograma de instrumentación del “Sistema Integral de Gestión del IPA” en los distintos Municipios de la Provincia

RESOLUCIÓN GENERAL N° 045/2011-D.G.R.-

VISTO la Resolución General N° 030/2011-DGR ; y

CONSIDERANDO:

QUE, por la misma se dispuso en cabeza de las Municipalidades la obligación de informar en carácter de declaración jurada la totalidad de la nómina de dominios radicados en cada jurisdicción municipal;

QUE, el artículo 9° de la citada Resolución, establece que a partir del ejercicio 2012 el procedimiento de liquidación, facturación y cobro del Impuesto Provincial al Automotor deberá efectuarse a través del “Sistema Integral de Gestión del IPA” provisto por la Dirección General;

QUE, por ello resulta necesario fijar un Cronograma de instrumentación del mencionado sistema en los distintos Municipios de la Provincia;

QUE, esta Dirección se encuentra facultada para el dictado de medidas en tal sentido, conforme lo establecido en elCódigo Fiscal  – Ley XXII N° 35 (antes Ley 4366).

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1°: ESTABLECESE el Cronograma de instrumentación del “Sistema Integral de Gestión del IPA” de conformidad a lo previsto en el presente artículo y el siguiente:

 Primera Etapa
 GruposFecha de finalización
Grupo 1:Posadas30/03/2012
Grupo 2:San José, Guaraní y Cerro Azul28/02/2012
Grupo 3:Oberá y Eldorado30/04/2012

ARTICULO 2°: ESTABLECESE que la Dirección General de Rentas fijará el Cronograma que comprenda a los restantes Municipios de la Provincia:

 Segunda Etapa
 GruposFecha de finalización
Grupos 4:a definir30/05/2012
Grupos 5:a definir29/06/2012
Grupos 6:a definir31/07/2012
Grupos 7:a definir30/08/2012
Grupos 8:a definir28/09/2012
Grupos 9:a definir30/10/2012
Grupos 10:a definir29/11/2012

ARTICULO 3°: REGÍSTRESE. Notifíquese. Tomen conocimiento: el Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, Ministerio de Gobierno – Subsecretaria de Asuntos Municipales-, los Municipios de la Provincia, las Subdirecciones, Direcciones, Departamentos, Delegaciones y Receptorías de la Dirección General de Rentas. PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial. Cumplido ARCHÍVESE.