2019 -“Año de la igualdad de la mujer y el hombre en la sociedad misionera”
POSADAS, 06 de Diciembre de 2019.-
VISTO:
El Art 252 Inciso e) del Código Fiscal Provincial, y las R.G. D.G.R Nros. 05/2014, 20/2015, 20/2016 32/2018, y;
CONSIDERANDO:
QUE el Art. 252 Inciso e) del Código Fiscal Provincial establece que “La exención alcanzará a un solo vehículo cuyo valor sea inferior a Pesos Setenta Mil ($ 70.000,00) de la tabla de valuación vigente, deducidos los impuestos que declara exento”;
QUE las Resoluciones D.G.R. N° 05/2014, 20/2015, 20/2016 y 32/2018 han actualizado el monto previsto en el párrafo que antecede, que actualmente se encuentra en la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTIÚN MIL OCHENTA Y NUEVE ($ 721.089);
QUE el aumento general en los precios de los automotores, ha hecho que el monto se encuentre desactualizado, debiendo ser ajustado a los actuales índices de precios para mantener la razonabilidad del beneficio;
QUE se ha expedido el correspondiente Dictamen Jurídico;
QUE esta Dirección se encuentra facultada para el dictado de medidas en tal sentido, conforme lo establecido por el Artículo 17°, del Código Fiscal Provincial Ley XXII-N° 35 (antes Ley 4366).-
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.-
ACTUALIZAR el monto establecido por el Artículo – 252 inciso e) del Código Fiscal como tope para el valor del automotor cuya exención se pretende, el que quedara fijado en la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA ($ 1.447.390).-
ARTÍCULO 2°.-
REGISTRESE, comuníquese a todas las subdirecciones de Dirección General de Rentas Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Misiones. Cumplido, ARCHÍVESE