“2014 Año del Arte y sus expresiones”
POSADAS, 16 de Enero de 2014
RESOLUCIÓN GENERAL N° 002/2014-D.G.R.
VISTO: La Resolución General Nº 035/14-DGR a través de la cual se estableció las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Provincial al Automotor correspondiente al año fiscal 2014 y la Resolución General Nº 47/14 que aprueba la Tabla de Valores para los vehículos tipos 1, 2 y 3 modelos 1998 al 2014 que como Anexo I forma parte de la misma; y
CONSIDERANDO:
QUE, el artículo 1º de la Resolución General Nº 35/14-DGR establece como fecha de vencimiento de la primera cuota y opción contado del Impuesto Provincial al Automotor, para los modelos 2013 y anteriores, el 20/01/2014;
QUE, el artículo 66 de la Ley Provincial XXII-N° 25 (Antes Ley 3.262) Título VI (Impuesto Provincial al Automotor); faculta al Poder Ejecutivo a través del Organismo competente a determinar anualmente la Valuación Fiscal para los Vehículos Clasificados en los tipos 1, 2 y 3 de hasta (16) años de antigüedad y que la Asociación de Concesionarios de Automóviles de la República Argentina (A.C.A.R.A.) ha modificado los Códigos de identificación de Marcas y Modelos de los Automotores Nacionales;
QUE, la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Código Fiscal Provincial (Ley XXII-N° 35- Antes Ley 4.366);
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º: MODIFIQUESE el Artículo Nº 1 de la RG 35/2014, estableciendo las siguientes fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Provincial al Automotor correspondiente al año fiscal 2014:
Vencimientos | Para todos los tipos de vehículos Modelo 2013 y Anteriores |
31/01/14 | 1ra. Cuota (opción contado) |
14/03/14 | 2da. Cuota |
16/04/14 | 3ra. Cuota |
16/05/14 | 4ta. Cuota |
19/06/14 | 5ta. Cuota |
18/07/14 | 6ta. Cuota |
ARTICULO 2°: SUSTITUYASE la Tabla de Valores para los vehículos tipos 1, 2 y 3 modelos 1998 a 2014 que como Anexo I forman parte de la RG 47/2014 por la tabla de Valores que se incorpora como Anexo I de la presente Resolución.
ARTICULO 3°: REGÍSTRESE. Comuníquese. Tome conocimiento el Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las Dirección de Coordinación de Políticas Fiscales, las Subdirecciones de Fiscalización, de Recaudaciones, Jurídica y Técnica y de Auditoria y Planificación de la Dirección General de Rentas, y por sus intermedios a los distintos Departamentos y Secciones, las Delegaciones del Interior de la Provincia y de la Capital Federal. Notifíquese a la Subsecretaría de Asuntos Municipales. Dese a publicidad. Cumplido, ARCHIVESE.