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RG05 – MODIFICASE el segundo párrafo del artículo 1° de la Resolución General N° 013/97.-

POSADAS, 12 de febrero de 2004

VISTO:  La Resolución General Nº 013/97-DGR- y sus modificatorias,  por la cual se instituye un régimen de recaudación del Impuesto de Sellos,  y;

CONSIDERANDO:

QUE,  la citada norma  señala las diversas Entidades Públicas y privadas que actuarán como Agentes de Retención del Impuesto de Sellos,  las formas, plazos y condiciones para cumplimentar el citado régimen.

QUE  el crecimiento de la actividad comercial y  la evolución  observada en el desarrollo de los negocios justifican la necesidad de incorporar como Agentes de Retención del Impuesto de Sellos a las siguientes empresas: Bolsa  de Comercio de Bahía Blanca S.A. CUIT N° 30-58217065-3  y  Servicios de Aguas de Misiones S.A. CUIT N° 33-69809590-9, con el fin de asegurar la recaudación del impuesto y el control sobre los contribuyentes.

QUE  por los motivos expuestos resulta oportuno modificar el segundo párrafo del artículo 1° de la Resolución  General N° 013/97-D.G.R.

QUE la Dirección General de Rentas se encuentra facultada para adoptar medidas de esta naturaleza, según lo dispuesto en el artículo 16º, inciso e) del Código Fiscal Provincial (t.o. 1991).

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º: MODIFICASE  el segundo párrafo del artículo 1° de la Resolución General N° 013/97 – D.G.R., el que quedará redactado de la siguiente manera:

“También quedan comprendidos en el carácter de Agentes de Retención del Gravamen de acuerdo al presente Régimen, las siguientes Entidades: Telecom Argentina S.A., Electricidad de Misiones S.A., Servicios de Aguas de Misiones S.A., Instituto de Fomento Agropecuario e Industrial de la Provincia de Misiones, Bolsa de Cereales de Buenos Aires,  Citibank N.A. y la Bolsa de Comercio de Bahía Blanca S.A.”

ARTICULO 2º: LA presente Resolución General entrará en vigencia a partir del día siguiente  a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Misiones.

ARTICULO 3º: De forma.