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RG12 – Obligaciones fiscales (abonados en término)

R.G. N° 012/99

Posadas, 27 de Agosto de 1999

VISTO: Las peticiones telefónicas y las presentaciones formuladas por contribuyentes y/o responsables del pago de tributos provinciales domiciliados en jurisdicción del Municipio de Jardín América y zona de influencia, con vencimiento el día 17/08/99; y

CONSIDERANDO:

QUE las citadas presentaciones y las inquietudes recibidas de los sujetos pasivos por deuda propia y ajena en el sentido de que no han podido cumplir en término con sus obligaciones fiscales con motivo del asueto declarado en todo el ámbito del ejido municipal de Jardín América;

QUE esta Dirección cursó pedido de informe al Banco Macro Misiones S.A. – Casa Central -; sobre si la sucursal Jardín América de esa Institución atendió al público el día 17/08/99 o si en cambio permaneció cerrada en adhesión al asueto declarado por el Intendente Municipal, mediante Resolución N° 45/99;

QUE el citado banco – agente recaudador – respondió al pedido, confirmando que el día 17/08/99, por realizarse el Acto Central de la conmemoración de la muerte del general Don José de San Martín, en la localidad de Jardín América, el Banco adhirió al asueto administrativo;

QUE las circunstancias señaladas ameritan la adopción de medidas que razonablemente contemplen la situación de los contribuyentes y/o responsables que aquel día 17/08/99 no han podido cumplir en término con sus obligaciones fiscales;

QUE en el sentido apuntado precedentemente se hace necesario dictar una norma de carácter general que considere a todos los sujetos pasivos domiciliados en Jardín América y zona de Influencia admitiendo como abonado en término las obligaciones fiscales vencidas el día 17/08/99 que hayan ingresado al fisco el día siguiente, es decir, el 18/08/99.

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1°:

CONSIDERASE ingresados en término los tributos que con vencimiento en fecha 17/08/99, hayan ingresado al Banco Macro Misiones S.A. sucursal Jardín América, el día 18/08/99, de conformidad a los argumentos expuestos en el considerando del presente acto.

ARTICULO 2°: De forma.