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RG14 – APRUÉBASE a efectos de lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 4247, la Tabla de Valores, que como Anexo I, forma parte de la presente Resolución.

POSADAS, 01 de Marzo de 2006

VISTO: la Ley Nº 4247 (B.O. 06/01/06); y

CONSIDERANDO:

QUE el artículo 68 bis de la Ley 3262 -de Alícuotas y sus modificatorias- faculta a la Dirección General de Rentas a determinar la valuación fiscal de los vehículos clasificados en los tipos 1, 2 y 3 de hasta dieciséis (16) años de antigüedad, a efectos de la liquidación del Impuesto Provincial al Automotor correspondiente al año fiscal 2006;

QUE según la misma norma para dicha determinación se tomará en primer término, como valores de referencia, las cotizaciones consignadas en la publicación mensual de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA) y complementariamente, para los casos no previstos en ella, la utilizada por la Dirección General Impositiva a los efectos del Impuesto Sobre los Bienes Personales;

QUE habiéndose concluido con la carga a la base de datos de las cotizaciones consignadas en la edición correspondiente al mes de enero de 2006 de la referida publicación, se está en condiciones de dictar la resolución pertinente;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º: APRUÉBASE a efectos de lo establecido en el artículo 1° de la

Ley N° 4247, la Tabla de Valores, que como Anexo I, forma parte de la presente Resolución.

ARTICULO 2º: REGISTRESE. Comuníquese. Tomen conocimiento Secretaría

de Estado de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las Subdirecciones de Fiscalización, de Recaudaciones, Jurídica y Técnica y de Auditoría y Planificación de la Dirección General de Rentas, y por sus intermedios los distintos Departamentos y Secciones, las Delegaciones del Interior de la Provincia y de la Capital Federal. Notifíquese a la Subsecretaría de Asuntos Municipales. Dese a publicidad. Cumplido, ARCHIVESE.