POSADAS, 3 DE MARZO DE 2006
VISTO: La Resolución General N° 023/00-DGR- modificada por las Resoluciones Generales N° 030/00 – DGR y 034/00 – DGR, y la Resolución General N° 008/02 – DGR, y;
CONSIDERANDO:
QUE, la R.G. N° 023/00 en su artículo 2° establece que los Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que reúnan las condiciones previstas en su artículo 1° “deben informar a la Dirección General de Rentas, en carácter de declaración jurada, las operaciones de compras efectuadas con los sujetos comprendidos en el artículo 1° inciso c)”;
QUE, el artículo 3° de dicha Resolución General establece que dicha obligación debe cumplimentarse mediante la utilización del programa aplicativo “Declaración Jurada Proveedores – Versión 1.1”;
QUE, a fin de mejorar la eficacia del aplicativo se han efectuado modificaciones en el mismo y por lo tanto resulta necesario aprobar la nueva versión del aplicativo “Declaración Jurada Proveedores – Versión 1.3”;
QUE, el Director Provincial de Rentas en virtud del artículo 16º del Código Fiscal de la Provincia de Misiones se encuentra facultado para dictar actos como el presente;
POR ELLO
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: SUSTITÚYESE el primer párrafo del artículo 3° de la R.G. N° 023/00 por el siguiente:
“La obligación establecida en el Artículo 2° deberá cumplimentarse mediante la utilización del programa aplicativo “Declaración Jurada Proveedores – Versión 1.3”, que se aprueba por la presente Resolución General, cuyos requerimientos técnicos para su funcionamiento constan en Anexo I de la presente Resolución General.”
ARTICULO 2°: MODIFIQUESE el ANEXO I de la Resolución General 023/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ANEXO I
Requerimientos para el funcionamiento del programa Aplicativo “Declaración Jurada Proveedores – Versión 1.3”:
• Windows 3.11 o superior;
• 5 Mb de espacio libre en disco;
• Memoria RAM 16 Mb para Windows 3.11 y 32 Mb para Windows 95 o superior;
• Pentium 200 (MMX) compatible PC;
• Impresora chorro a tinta o láser;
• Unidad de disquete 3 1/2” y/o unidad de CD ROM;
• Papel blanco tamaño A4.
ARTICULO 3°: LA versión que se aprueba por la presente “Declaración Jurada Proveedores – Versión 1.3” deberá utilizarse para todas las presentaciones a efectuarse a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Dicha versión podrá ser obtenida del sitio web de ésta Dirección www.dgr.misiones.gov.ar
ARTICULO 4°: LA presente Resolución General entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.-
ARTICULO 5°: REGISTRESE. Comuníquese. Tomen conocimiento Secretaria de Estado de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las Subdirecciones de Fiscalización, Recaudaciones, Jurídica y Técnica y de Auditoría y Planificación de la Dirección General de Rentas, los distintos Departamentos, las Delegaciones del Interior de la Provincia y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese. Publíquese. Cumplido, ARCHÍVESE.