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RG18 – Régimen de Retención del Impuesto de Sellos

R.G. N° 018/97

Posadas, 31 de Marzo de 1997

VISTO: La Resolución General N° 013/97 DGR, que establece un Régimen de Retención del Impuesto de Sellos; y

CONSIDERANDO:

QUE la citada norma establece la obligación de empadronamiento en el carácter de Agente de Retención del Gravamen para los sujetos comprendidos en la misma;

QUE en atención a diversos planteos de los Agentes de Retención designados, y para posibilitar el cumplimiento de la mencionada obligación formal se estima conveniente disponer una ampliación del plazo fijado para tal cometido;

QUE de conformidad al artículo 16°, inciso e), del Código Fiscal Provincial (t.o.1991), la Dirección General de Rentas se encuentra facultada para adoptar medidas de esa naturaleza.

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1°:

PRORROGASE el plazo de empadronamiento de los Agentes de Retención del Impuesto de Sellos designados por Resolución General N° 013/97 -DGR-, hasta el día 30 de Abril de 1997.

ARTICULO 2°: DE FORMA.

B.O. 16/04/97