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RG19-Habilitación de la firma Gestiva S.A para la gestión de cobranza de deudas vencidas y recupero que comprenden los créditos del fisco cuya recaudación está a cargo de la DGR.-

RESOLUCIÓN GENERAL N° 019/2012-D.G.R.

VISTO: el Contrato de Prestación de Servicios de Cobranzas y sus  Anexos I y II, aprobado por Decreto N° 1271/2009; el Contrato de Vinculación aprobado por Decreto 1033/95, contratos complementarios y addendas. y;

CONSIDERANDO:

QUE el Convenio citado contempla en su cláusula 1. la implementación de la gestión de cobranza extrajudicial; que apunta a elevar el nivel de recaudación y tiende a un cambio en la conducta del contribuyente y/o responsable  hacia el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias;

QUE el objetivo del Contrato es la gestión de cobranza de deudas vencidas y recupero que comprenden los créditos  del fisco cuya  recaudación está a cargo de la DGR.;

QUE para ello la firma Gestiva SA.; fijará domicilio en una oficina central en la Ciudad de Posadas – Capital de la Provincia de Misiones- en la que desarrollará las gestiones pertinentes al objeto del contrato a través de la contratación de personal afectado al mismo y de acuerdo a las consideraciones planteadas en el punto 3.6. del Contrato en cuestión;

QUE la firma deberá suministrar informes mensuales de tipo cuantitativos y cualitativos resultante de su gestión, que permitirá gozar de un panorama completo de la situación en general de los planes de pagos para  una determinada fecha como así también de cada caso en particular;

QUE toda información de la situación tributaria de cualquier contribuyente tiene el carácter de confidencial y está amparado por el secreto fiscal, por lo que tanto la firma Gestiva SA  como su personal deberán observar estrictamente dicha obligación legal;

QUE esta Dirección se encuentra facultada para el dictado de medidas  en tal sentido, conforme lo establecido por el artículo 17°, del Código Fiscal  Provincial Ley XXII-N° 35 (antes Ley 4366)

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

R E S U E L V E:

I- OBJETO

ARTICULO 1º: HABILITESE a la firma  Gestiva SA, para la atención al público y para la formalización de planes de facilidades de pagos correspondientes a los tributos cuya percepción se encuentran a cargo del Organismo Fiscal , de conformidad al Código Fiscal Vigente, para lo cual  deberá:

1– Fijar y comunicar a la DGR el domicilio central y demás locales en los que desarrollará  las tareas de atención al público y elaboración de planes de facilidades de pagos .

2– Acompañar al comunicado del punto 1. la documentación correspondiente – contrato de alquiler, comprobante de pago del sellado correspondiente, etc-.

3- Informar  la nómina  del personal  que estará afectado a esta tarea, con la documentación que acredite la identidad de los mismos y el cumplimiento de las obligaciones previsionales sociales y de seguro y demás obligaciones laborales que surjan de la legislación vigente.

4- Informar la nómina del plantel de oficiales notificadores, conformado por personal  debidamente capacitado para tal función.

II- ALCANCE

ARTICULO 2º:LA firma Gestiva SA  atenderá las solicitudes de formalización de planes de facilidades de pagos, efectuará el seguimiento a través de los reclamos administrativos y comunicará a esta Dirección de acuerdo al procedimiento establecido o que se establezca en el marco del Convenio de Prestación  de Servicios de Gestión de Cobranzas y en cumplimiento de la presente Resolución, respectivamente.

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 3º:DEBERA darse cumplimiento al artículo 125 del Código Fiscal Provincial Ley XXII  N° 35 (Antes Ley 4366), que norma sobre la confidencialidad de la información fiscal de los contribuyentes y responsables, por lo cual deberá celebrar con cada uno de sus dependientes el COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD Y SECRETO FISCAL .

ARTICULO 4°: REGISTRESE, comuniquese . Tomen conocimiento: la firma GESTIVA SA Subdirecciones de Recaudación, Fiscalización, Departamentos: Planificación y Control de Sistemas Informáticos y Procesamiento de Datos,  Delegaciones  y Receptorías  de la Dirección General de Rentas. PUBLIQUESE , en el Boletín Oficial. Cumplido, ARCHÍVESE.