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RG23-Décimo segundo sorteo para Consumidores Finales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos

“2013-Año del 60 Aniversario de la Provincialización de Misiones

POSADAS, 02 de Septiembre de 2013

RESOLUCIÓN GENERAL N° 023/2013-D.G.R.

 VISTO: La Resolución  General Nro. 016/2001 –D.G.R.- , que instituyó un sistema de sorteos y premios para consumidores finales de cosas muebles, obras, locaciones y servicios; y;

CONSIDERANDO:

QUE se considera oportuno disponer la realización del Décimo Segundo sorteo del sistema, debiendo preverse fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo el mismo, designar los veedores del acto y determinar los premios a que accederán los ganadores;

QUE  de conformidad a lo establecido por el artículo 17° inciso u) del Código Fiscal Provincial, Ley XXII N°35 (antes T.O. Ley 4366), la Dirección General de Rentas se encuentra facultada para adoptar medidas de tal naturaleza;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- ESTABLECESE  como fecha  del  Sorteo  de  Premios  Décimo Segundo;  Consumidores Finales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos instituido por Resolución General Nro. 016/2001 – D.G.R.- ; el 13 de Diciembre de 2013, el que tendrá lugar en la sede de Multimedios  S.A.P.E.M, sito en la Calle La Rioja y esquina Junín de la ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, a partir  de las 13.00 horas.

ARTICULO 2°.- DESIGNASE   a   los   señores   Subdirectores    de     Fiscalización y de Recaudaciones de la Dirección General de Rentas para actuar en carácter de veedores del citado sorteo.

ARTICULO 3°.- ESTABLECESE    para el Sorteo de Premios Décimo Segundo, Consumidores Finales del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, establecido por Resolución General Nro. 016-2001 –D.G.R.- y conforme lo dispuesto en el artículo 4° de dicha norma, la cantidad de veinte (20) premios que, en orden progresivo y decreciente, y con identificación de tipo y modelo, constan en Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolución General.

ARTICULO 4°.- LA  presente Resolución General entrará en vigencia a partir del día de la fecha.

ARTICULO 5°.-REGISTRESE, Comuníquese, Tomen conocimiento las Subdirecciones de Fiscalización, Recaudación, Jurídica y Técnica y de Auditoria y Planificación, y por su medio los distintos Departamentos de la Dirección General de Rentas y sus Delegaciones del Interior de la Provincia y de la Capital Federal, y Multimedios S.A.P.E.M.. Dese a Publicidad. Cumplido,  ARCHIVESE.

Anexo I