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RG24-Establécese como fecha del 10° Sorteo del sistema de Sorteos y premios para Consumidores Finales , el día 16 de Diciembre de 2011, en la sede de Multimedios SAPEM, a partir de las 13.00 hs

RESOLUCION GENERAL N° 24 /11

VISTO: La Resolución General  Nº 016/2001-D.G.R.- que instituyo un sistema de sorteos y premios para Consumidores Finales de cosas muebles, obras, locaciones y servicios, y;

CONSIDERANDO:

QUE, se considera oportuno disponer la realización del décimo sorteo del sistema, debiendo preverse fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo el mismo, designar los veedores del acto y determinar los premios a que accederán los ganadores;

QUE, de conformidad a lo establecido por el artículo 17° inciso u) del Código Fiscal Provincial, Ley XXII N°35 ( antes T.O. Ley 4366), la Dirección General de Rentas se encuentra facultada para adoptar medidas de tal naturaleza;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

R  E  S  U  E  L  V  E :

ARTÍCULO 1º- ESTABLECESE como   fecha   del    Décimo    Sorteo    de       Premios, Consumidores Finales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos , instituido por Resolución General N° 016/2001- D.G.R.- el 16 de Diciembre de 2011,  el que  tendrá lugar en la sede de Multimedios S.A.P.E.M., sito en la Calle  La Rioja y esquina Junín de la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, a partir de las 13:00 horas.

ARTÍCULO 2º- DESIGNASE a   los   Señores    Subdirectores   de   Fiscalización  y    de Recaudaciones de la Dirección General de Rentas para actuar en carácter de veedores del citado sorteo.

ARTICULO 3º.- ESTABECESE para  el   Décimo  Sorteo   de   premios,    Consumidores Finales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, establecido por Resolución N° 016/2001- D.G.R.- y conforme lo dispuesto en el artículo 4° de dicha norma, la cantidad de veinte (20) premios que, en orden de progresivo y decreciente, y con identificación de tipo y modelo, constan en anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolución General.

ARTÍCULO 4º.- LA presente Resolución General entrará en vigencia a partir del día de la fecha.

ARTÍCULO 5º.- REGÍSTRESE, comuníquese, tomen conocimiento las Subdirecciones de Fiscalización, de Recaudaciones, Jurídica y Técnica y de Auditoría y Planificación, y por sus intermedios los distintos Departamentos de la  Dirección General de Rentas y sus Delegaciones del interior de la Provincia y de la Capital Federal y Multimedios S.A.PE.M.. Dese a publicidad. Cumplido, ARCHÍVESE.

Anexo I