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RG29 – PRORROGANSE los plazos de empadronamiento y presentación de información, fijados en los artículos 6° y 4° de la R.G. N° 019/10-DGR, hasta los días 17/09/2010 y 30/09/2010 respectivamente.

VISTO:

La Resolución General N° 019/10–DGR a través de la cual se creó un “Registro de Parque Móvil de la Actividad de Transporte” y se estableció un Régimen de Información, y sus modificatorias; y

CONSIDERANDO:

QUE, por el artículo 1° de la R.G. N° 024/10-DGR se prorrogó la fecha de vencimiento para el empadronamiento fijado en el artículo 6° de la R.G. N°019/10-DGR hasta el día 31/08/2010;

QUE, por el artículo 2° de la resolución mencionada anteriormente, fue prorrogado hasta el día 15/09/2010 el plazo de presentación de información para el primer semestre del año 2010, fijado en el artículo 4° de la R.G. N°019/10-DGR;

QUE, debido a inconvenientes técnicos en el Sistema Informático de la Dirección, se hace necesario ampliar las fechas de vencimiento antes mencionadas;

QUE, esta Dirección se encuentra facultada para el dictado de medidas en tal sentido, conforme lo establecido por el artículo 17°, inciso b) del Código Fiscal Provincial Ley XXII – N° 35 (Antes Ley 4366);

POR ELLO

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º:    SE considerarán presentadas en término las declaraciones juradas del empadronamiento fijado en el artículo 6° de la R.G. N°019/10-DGR, que se efectúen hasta el día 17/09/2010.

ARTICULO 2º:    SE considerarán presentadas en término las declaraciones juradas correspondientes a la información del primer semestre del año 2010, fijado en el artículo 4° de la R.G. N° 019/10-DGR, que se efectúen hasta el día 30/09/2010.

ARTICULO 3º:    REGISTRESE. Comuníquese. Tomen conocimiento la Secretaría de Estado de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las Subdirecciones, Direcciones, Departamentos, Delegaciones y Receptorías de la Dirección General de Rentas. Dese a publicidad. Cumplido, ARCHIVESE.