VISTO:
La Resolución General N° 028/10-DGR; y
CONSIDERANDO:
QUE, por el artículo 1° de la citada norma se modificó el artículo 3° de la R.G. N°005/02-DGR, estableciendo nuevas fechas de vencimiento para el Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación (SIRCAR);
QUE, corresponde efectuar una aclaración sobre la vigencia de la R.G. N° 028/10-DGR, con el objeto de que los agentes de retención o de percepción adopten los recaudos pertinentes para el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales;
QUE, conforme a lo previsto en el Código Fiscal Provincial, Ley XXII N° 35 (Antes Ley 4366) la Dirección General de Rentas se encuentra facultada para adoptar medidas de tal naturaleza.
POR ELLO
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º: ACLÁRASE que los vencimientos establecidos en la R.G. N° 028/10 – DGR regirán a partir del período fiscal 2011.-
ARTICULO 2º: REGISTRESE. Comuníquese. Tomen conocimiento: la Comisión Arbitral, la Secretaría de Estado de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las Subdirecciones de Fiscalización, de Jurídica y Técnica, de Recaudaciones, de Auditoria y Planificación de la Dirección General de Rentas y por sus intermedios a los distintos Departamentos, Delegaciones y Receptorías. Dese a publicidad. Cumplido, ARCHIVESE.