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RG33 – ACLÁRASE que los vencimientos establecidos en la R.G. N° 028/10 – DGR regirán a partir del período fiscal 2011.-

VISTO:

La Resolución General N° 028/10-DGR; y

CONSIDERANDO:

QUE, por el artículo 1° de la citada norma se modificó el artículo 3° de la R.G. N°005/02-DGR, estableciendo nuevas fechas de vencimiento para el Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación (SIRCAR);

QUE, corresponde efectuar una aclaración sobre la vigencia de la R.G. N° 028/10-DGR, con el objeto de que los agentes de retención o de percepción adopten los recaudos pertinentes para el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales;

QUE, conforme a lo previsto en el Código Fiscal Provincial, Ley XXII N° 35 (Antes Ley 4366) la Dirección General de Rentas se encuentra facultada para adoptar medidas de tal naturaleza.

POR ELLO

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º:    ACLÁRASE que los vencimientos establecidos en la R.G. N° 028/10 – DGR regirán a partir del período fiscal 2011.-

ARTICULO 2º:    REGISTRESE. Comuníquese. Tomen conocimiento: la Comisión Arbitral, la Secretaría de Estado de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las Subdirecciones de Fiscalización, de Jurídica y Técnica, de Recaudaciones, de Auditoria y Planificación de la Dirección General de Rentas y por sus intermedios a los distintos Departamentos, Delegaciones y Receptorías. Dese a publicidad. Cumplido, ARCHIVESE.