R.G. N° 033/95
Posadas, 21 de Diciembre de 1995
VISTO: La puesta en operatividad del nuevo Sistema de Computación desarrollado para el procesamiento del Impuesto Provincial al Automotor; y
CONSIDERANDO:
QUE es necesario adecuar la información remitida por los municipios a los requerimientos del nuevo sistema;
QUE es asimismo necesario adecuar el formulario utilizado, a fin de estandarizar el formato de dicha información, así como los criterios aplicables para su integración.
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO 1°:
TODA información relativa al Impuesto Provincial al Automotor que remitan los Municipios, a partir de la entrada en vigencia de la presente, deberá producirse mediante el “Formulario de Novedades Impuesto Provincial al Automotor” que por esta Resolución se aprueba.
ARTICULO 2°:
LA integración del Formulario mencionado en el Artículo anterior se efectuará en un todo de acuerdo al instructivo que se adjunta y que forma parte de esta Resolución.
ARTICULO 3:
EL Departamento Impuesto Provincial al Automotor de la Dirección General de Rentas controlará el cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 1° y 2°, procediendo a la devolución sin procesar de la información que no cumpla con alguno de ellos.
ARTICULO 4°:
LA presente Resolución entrará en vigencia el día 01/02/96.
ARTICULO 5°: De forma.
B.O. 05/01/96