R.G. N° 034/96
Posadas, 2 de Diciembre de 1996
VISTO: El Decreto N° 1655/96 mediante el cual se faculta a la Dirección General de Rentas a prorrogar la fecha de vencimiento fijada en el Artículo 5° del Decreto N° 1448/96; y
CONSIDERANDO:
QUE dicho artículo fija el día de la fecha como último plazo para acogerse al régimen de regularización y facilidades de pago establecido por el mencionado Decreto para los deudores del Impuesto Solidario, creado por Ley N° 3201;
QUE se hace necesario y conveniente ampliar por un término prudencial este plazo a efectos de posibilitar que todos los deudores de este gravamen puedan acogerse y obtener los beneficios de dicha moratoria.
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO 1°:
PRORROGASE hasta el próximo 31 de Diciembre de 1996* el plazo fijado por el Artículo 5° del Decreto 1448/96.
*Nuevo Vto. s/R.G. N° 037/96: 31/03/97
ARTICULO 2°: DE FORMA.
B.O. 10/12/96