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RG 39/2003 – INCORPORASE como inciso s) del artículo 12 de la Resolución General Nº 035/02- D.G.R” y MODIFICASE el artículo 12 inciso a) de la Resolución General N° 035/02- D.G.R

R.G. N° 039/03

Posadas, 25 de Agosto de 2003

VISTO: La Resolución General Nº 35/02-DGR- por la cual se instauró un régimen de retención del Impuesto Sobre Los Ingresos Brutos sobre acreditaciones en cuentas bancarias abiertas en entidades financieras regidas por la Ley 21526, y;

CONSIDERANDO:

QUE, el artículo 139 inciso j) del Código Fiscal Provincial, texto según Ley 2860 establece que están exentos del pago del gravamen: ” los intereses de depósito en cajas de ahorro y a plazo fijo”;

QUE, la entidad bancaria que actúa como agente financiero de la Provincia, ha planteado casos en que las entidades regidas por la Ley 21526 acreditan en cuentas a la vista los intereses de depósitos a plazo fijo constituidos con Bonos del Gobierno Nacional;

QUE, las normas de la citada R.G. N° 035/02 y modificatorias, no contemplan el tratamiento aplicable a las operaciones indicadas en el párrafo anterior;

QUE, la Subdirección de Fiscalización ha planteado otro caso que debiera ser contemplado en la citada Resolución General, informando que se ha generado un número importante de trámites de exclusión del régimen de retención en concepto de reintegro de haberes (13 %) descontados a los empleados en relación de dependencia del orden nacional;

QUE, en consecuencia, corresponde incorporar a la normativa el tratamiento aplicable a las operaciones precedentemente descriptas, contemplando la exclusión pertinente en el artículo 12 de la Resolución General Nº 035/02;

QUE la Dirección General de Rentas se encuentra facultada para adoptar medidas de esta naturaleza, según lo dispuesto en el artículo 16º, inciso o) del Código Fiscal Provincial (T.O. 1991).

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1°:

INCORPORASE como inciso s) del artículo 12 de la Resolución General Nº 
035/02- D.G.R., el siguiente:


“s) Acreditaciones en cuentas a la vista de intereses de depósitos a plazo fijo constituidos en Bonos del Gobierno Nacional 2005, 2007, 2008, 2012, 2013, Bonos Globales y Bontes.”

ARTICULO 2°:

MODIFICASE el artículo 12 inciso a) de la Resolución General N° 035/02- D.G.R., el que quedará redactado de la siguiente manera:

“a) Los importes que se acrediten en concepto de remuneraciones al personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones, reintegros de haberes descontado a personal en relación de dependencia públicos o privados y préstamos de cualquier naturaleza, otorgados por la misma entidad obligada a actuar como agente de retención;”

ARTICULO 3°:

LA presente Resolución General entrará en vigencia a partir del día de la fecha.

ARTICULO 4°:De forma.