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RG50 – Establecimiento de la base imponible y la valuación fiscal para el ejercicio 2015 del Impuesto Inmobiliario Básico

“2014 Año del Arte y sus expresiones”

POSADAS,   31 de Diciembre de 2014

RESOLUCIÓN GENERAL N° 050/2014-D.G.R.

VISTO: Leyes Provinciales XXII – N° 35 (anterior Ley 4366) y  VII  N° 73, Resoluciones Generales Nros. 017/2012 DGR y 042/2011 DGR y;

CONSIDERANDO:

QUE, el Art. 140 del Código Fiscal Provincial (Ley XXII N° 35), que en su parte pertinente expresa: “La base imponible y la valuación fiscal de los impuestos establecidos en el capítulo primero, está constituida por el valor económico de los Inmuebles determinada en función de los establecido en la Ley II N° 24 y normas que en consecuencia se dicten por el Organismo Fiscal”;

QUE, es necesario establecer la base imponible y la valuación fiscal para el año fiscal 2015 con relación al Impuesto Inmobiliario Básico.

QUE, la Dirección General de Rentas se encuentra expresamente facultada para disponer medidas en tal sentido conforme a lo establecido en el Artículo 17° inciso b) del Código Fiscal Provincial (Ley XXII – N° 35 Antes Ley 4366);

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º: ESTABLECER que la base imponible y la valuación fiscal para el ejercicio 2015 del Impuesto Inmobiliario Básico será la que surja de acuerdo a lo establecido en el Anexo I de la presente, el cual podrá ser consultado en la página web de la Dirección General de Rentas www.dgr.misiones.gov.ar.

ARTICULO 2°: ESTABLECER que los Inmuebles con Partidas Inmobiliarias existentes que sufran modificaciones en cualquiera de sus conceptos (Valuación: Tierra, Plantación o Edificios) que ameriten una revaluación por parte de la Dirección General de Catastro y las Altas que se incorporen en el año fiscal 2015, su valuación fiscal será establecida por el valor económico determinado por el referido organismo y demás antecedentes del caso.

ARTICULO 3°: REGISTRESE. Comuníquese. Tomen conocimiento el Ministerio  de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables, Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Subsecretaría de Tierras y Colonización y Dirección General de Catastro. Publíquese. Cumplido ARCHIVESE.

Anexo I