RESOLUCIÓN GENERAL N° 062/2012-D.G.R.
VISTO:
Lo dispuesto en decreto 2032/12y el artículo 17 del C.F; y
CONSIDERANDO:
QUE, la Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones, es la encargada de recaudar los recursos de Rentas Generales;
QUE, como indica el decreto 2013/12 el período de feria no debe afectar la prestación de los servicios esenciales del Estado como son aquellos considerados para las políticas de Gobierno;
QUE, deben arbitrase los medios para que no se paralice, ni se demore de ningún modo la actividad recaudatoria;
QUE, por ello resulta necesario excluir a la Dirección General de Rentas de la suspensión de plazos y términos administrativos que fija el artículo 4 de dicho decreto;
QUE de acuerdo a lo establecido por el articulo 17 del C.F el Director Provincial tiene facultades de organización para asegurar la percepción y recaudación de los tributos de forma oportuna;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: EXCLUYESE a la Dirección General de Rentas de la suspensión de plazos y términos administrativos establecidos en el Decreto 2032/12.
ARTÍCULO 2°: La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.-
ARTÍCULO 3°: REGISTRESE, PUBLIQUESE en el boletín oficial de la Provincia, tomen conocimiento Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las distintas Subdirecciones de Dirección General de Rentas Cumplido. ARCHÍVESE.-