R.G. Nº 068/02
Posadas, 07 de Octubre de 2002
VISTO: Las Resoluciones Generales Nros. 031/01, 037/01, 043/01, 046/01, 006/02, 010/02 y 044/02 de esta Dirección General; y
CONSIDERANDO:
QUE por Resolución General Nº 044/02 fue prorrogado hasta el día de la fecha el plazo para la adhesión al Régimen Especial de Facilidades de Pagos para tributos provinciales establecido por Decreto Nº 1464/01, únicamente para los productores primarios de productos agrícolas originados en la Provincia de Misiones;
QUE por Ley Provincial N° 3855, ha sido prorrogada por el término de un (1) año la emergencia agraria yerbatera del sector primario, declarada por Ley Provincial N° 3762;
QUE se han recibido numerosas inquietudes y planteos de contribuyentes, responsables y entidades intermedias solicitando la prórroga del vencimiento previsto, para la adhesión al citado Decreto;
QUE esta Dirección estima procedente y atendible lo solicitado, a efectos de posibilitar que el mayor número de contribuyentes, pueda acceder al citado régimen;
Que la Dirección se encuentra facultada para el dictado de normas en tal sentido, conforme lo establecido por el artículo 16º, inciso b) del Código Fiscal Provincial (t.o. 1991);
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: PRORRÓGASE hasta el día 06/12/2002, el plazo establecido por el Artículo 6º de la Resolución General Nº 031/01 D.G.R.; únicamente para los productores primarios de productos agrícolas originados en la Provincia de Misiones.
ARTICULO 2º: De forma.