- ATM
- 5
- Sellos
Trámites y Gestiones
Requisitos:
- Poseer Clave Nivel 2.
- Tener constituido su DFE (Domicilio Fiscal Electrónico).
Consideraciones:
En caso de que la liquidación posea datos erróneos, se deberá solicitar anulación del recibo mediante nota formal presentada en DGR (ver ART 6° y 7° RG 28/2017-DGR). ARTICULO 6°.- DEBERA SOLICITARSE LA ANULACION de los actos comprendidos en el Artículo 1°, en los casos que se generaren declaraciones juradas o recibos en forma duplicada, con datos erróneos: fecha del instrumento, base imponible, partes intervinientes en el acto, alícuotas u omisión de exenciones que le pudieren corresponderá las partes o cualquier otro error u omisión.- ARTICULO 7°.- DEBERAN los sujetos comprendidos en el Artículo 6° dentro de los 30 días corridos de la generación de la declaración o recibo presuntamente erróneo, solicitar su anulación a través de nota dirigida al Director General exponiendo los motivos que justifiquen la solicitud de anulación debiendo acompañar copia del instrumento objeto de liquidación y de corresponder el comprobante de la correcta cancelación del impuesto. Transcurrido el plazo de 30 días corridos sin haberse solicitado la anulación, la Dirección General de Rentas podrá intimar el ingreso de la deuda generada con más sus intereses y multas. .
Desde aqui podra conocer los pasos a relizar para la generacion del formulario SR-352 Solicitud de Exención.
En el Menú, seleccionar Sellos y luego Solicitud de Exención SR-352, acceda aquí a realizar una solicitud de exención, la cual se utiliza para eximir el pago de un instrumento en particular, que se encuentra alcanzado por una resolución de la ATM.
Requisitos:
- Poseer Clave Nivel 2.
- Tener constituido su DFE (Domicilio Fiscal Electrónico).
Consideraciones:
Recordamos que la documentación adjunta debe ser en formato PDF y no superar los 5 Mb.
Actualmente se recomienda la utilización de Mozilla Firefox para un correcto funcionamiento del sistema.
Información General
Desde aqui podra conocer los Tributos y sus respectiva fecha de vencimiento.

Le brindamos la lista de codigos de las Boletas vigentes.
Codigos:
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- 900 – Ingresos Brutos Directo
- 901 – Ingresos Brutos Convenio Multilateral
- 902 – Agente de Retención
- 903 – Agente de Percepción
- 904 – Inmobiliario
- 905 – Sellos
- 906 – Tasa Industrias
- 907 – Productores Forestales
- 909 – Agente Tasa Forestal
- 910 – Tasa Administrativa de Ingresos Brutos
- 911 – Agente Retenciones Bancaria
- 912 – Agente de Sellos
- 916 – Pago a Cuenta – Control Fiscal en Ruta
- 917 – Pago a Cuenta – Certificado Ingresos Brutos
- 918 – Tasa Administrativa de Inmobiliario
- 919 – Concesión Minera
- 920 – Tasa de Organismo Externo
Accede a documentos detallados que te proporcionarán una comprensión profunda de las regulaciones tributarias. Mantente informado y actualizado con las normativas, facilitando así tu cumplimiento tributario de manera precisa y eficiente.
Consulta de Resoluciones
Consulta de Leyes Tributarias
Consulta de Decretos
Exenciones
Desde aqui podra conocer los pasos a relizar para la generacion del formulario SR-352 Solicitud de Exención.
En el Menú, seleccionar Sellos y luego Solicitud de Exención SR-352, acceda aquí a realizar una solicitud de exención, la cual se utiliza para eximir el pago de un instrumento en particular, que se encuentra alcanzado por una resolución de la ATM.
Requisitos:
- Poseer Clave Nivel 2.
- Tener constituido su DFE (Domicilio Fiscal Electrónico).
Consideraciones:
Recordamos que la documentación adjunta debe ser en formato PDF y no superar los 5 Mb.
Actualmente se recomienda la utilización de Mozilla Firefox para un correcto funcionamiento del sistema.
Exenciones del Impuesto de Sellos:
1. Estado Nacional, Estados Provinciales, Municipalidades y sus reparticiones.
2. Estados extranjeros acreditados ante el Gobierno de la Nación.
3. Partidos políticos reconocidos legalmente.
4. Fundaciones, asociaciones civiles, gremiales, mutuales, instituciones religiosas, cooperativas de trabajo o consumo y entidades públicas no estatales sin fines de lucro. Obispados y sus dependencias jurisdiccionales.
5. Créditos para adquisición de automotores registrables destinados a actividades comerciales y/o industriales.
6. Créditos para inversión en maquinarias e instalaciones destinados a actividades primarias y/o industriales.


