- ATM
- 5
- Inmobiliario
Trámites y Gestiones
Requisitos:
Contar con los datos de la Partida Inmobiliario.
Consideraciones:
XX-XXXXXX
XX Hace referencia al Departamento al cual pertenece la partida
XXXXXX Hace referencia al N° de Partida InmobiliariaSolicitud de Cambio de Titular de Impuesto Inmobiliario.
Requisitos:
Identificación de la persona contribuyente: número de CUIT, poseer Clave de Identificación Tributaria.
Consideraciones:
Documentacion que acredite titularidad:
- Cesión de derecho
- Boleta de Compra – Venta
- Adjudicación de la EBY
- Adjudicación del IPRODHA
- Otros
- Permiso de Ocupación
- Título de Propiedad
- Sentencias Judiciales por USUCAPION
Estados:
- En Carga (Pendiente de Envio)
- Finalizado (Aceptado o rechazado por ATM)
- rechazado (Rechazado por observaciones
Solicitud de Certificado Libre Deuda Inmobiliario.
Requisitos:
Identificación de la persona contribuyente: número de CUIT, poseer Clave de Identificación Tributaria.
Consideraciones:
Este formulario puede ser solicitado por Escribanos, Abogados y/o Martilleros.
Estados:
- En Carga (Pendiente de Envio)
- Finalizado (Aceptado o rechazado por ATM)
- rechazado (Rechazado por observaciones
Información General
Desde aqui podra conocer los Tributos y sus respectiva fecha de vencimiento.
Pasos a seguir para la emisión de Boleta de Impuesto Inmobiliario.
Requisitos:
Contar con los datos de la Partida Inmobiliario.
Consideraciones:
XX-XXXXXX
XX Hace referencia al Departamento al cual pertenece la partida
XXXXXX Hace referencia al N° de Partida Inmobiliaria
Trasferencia Bancaria Programada:
Puede solicitar la gestión de alta al medio de pago “Transferencia Bancaria Programada” (TBP) enviando un correo electrónico a mesadeayuda@tsgroup.com.ar. El correo deberá contener en el Título: Transferencia Bancaria Programada y su número de CUIT.
Requisitos
- Tener Clave Fiscal nivel 2 y
- Mail fiscal electrónico actualizado.
La Mesa de ayuda gestionará el control y habilitación, notificándole que el alta se realizó exitosamente. Pudiendo así , efectuar posteriormente, sus pagos mediante la Transferencia Bancaria Programada a través de la plataforma de Pagos360.
Debito Automatico:
En Cajas de Ahorro y Cuentas Corriente del BANCO MACRO S.A. y otros Bancos.
Requisitos para Débito Automático para personas físicas
- Nota de solicitud de Adhesión a Débito Automático firmada por el titular de la cuenta indicando N° de Plan o Partida Inmobiliaria. (Para cuotas de planes de fac. de pago, se obtiene al suscribir el Plan con clave Fiscal).
- Fotocopia del DNI- LC- LE, 1° y 2° hoja del titular de la cuenta.
- Constancia de CBU (emitida por Home Banking).
Requisitos para Débito Automático para personas jurídicas
- Nota de solicitud de Adhesión a Débito Automático firmada por el titular de la cuenta indicando N° de Plan o Partida Inmobiliaria. (Para cuotas de planes de fac. de pago, se obtiene al suscribir el Plan con clave Fiscal).
- Fotocopia del DNI- LC- LE, 1° y 2° hoja del firmante (gerente, presidente, apoderado, etc.).
- Constancia de CBU (emitida por Home Banking).
- En el caso de que el titular de la cuenta sea una persona jurídica adjuntar el respaldo correspondiente del firmante (poder, acta, etc).
Consultas enviar a: debitoautomatico@dgr.misiones.gov.ar
Cheques:
A nombre de la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE MISIONES, al día, por el importe exacto a cancelar, cruzado, “NO A LA ORDEN”.
(Pago sujeto a acreditación)
Efectivo:
Colegio Notarial Provincia de Misiones:
- IIBB Directos
- Imp. Inmobiliario
- Tasas y Sellos
Municipalidad:
- IIBB Directos
- Imp. Inmobiliario
- Tasas y Sellos
Entidades Bancarias:
- IIBB Convenio Multilateral
Rapipago/Pago Facil:
- Impuesto sobre los IIBB Directo y Convenio Multilateral.
- Impuesto de Sellos
- Agente de Retención y Percepción de IIBB y Sellos
- Impuesto Inmobiliario Básico
- Tasas recaudadas por la D.G.R.
- Planes (IIBB – Sellos – Inmobiliario)
Pago Electronico – Tarjeta:
Le brindamos la lista de codigos de las Boletas vigentes.
Codigos:
-
- 900 – Ingresos Brutos Directo
- 901 – Ingresos Brutos Convenio Multilateral
- 902 – Agente de Retención
- 903 – Agente de Percepción
- 904 – Inmobiliario
- 905 – Sellos
- 906 – Tasa Industrias
- 907 – Productores Forestales
- 909 – Agente Tasa Forestal
- 910 – Tasa Administrativa de Ingresos Brutos
- 911 – Agente Retenciones Bancaria
- 912 – Agente de Sellos
- 916 – Pago a Cuenta – Control Fiscal en Ruta
- 917 – Pago a Cuenta – Certificado Ingresos Brutos
- 918 – Tasa Administrativa de Inmobiliario
- 919 – Concesión Minera
- 920 – Tasa de Organismo Externo
Accede a documentos detallados que te proporcionarán una comprensión profunda de las regulaciones tributarias. Mantente informado y actualizado con las normativas, facilitando así tu cumplimiento tributario de manera precisa y eficiente.
Consulta de Resoluciones
Consulta de Leyes Tributarias
Consulta de Decretos
Tiempo de Acreditación Según Medio de Pago
Medios de Pago | Tiempo de Acreditación |
---|---|
PAGOS ONLINE – DEBIN | 24 hs. |
PAGOS ONLINE – Red LINK | 48 hs. |
PAGOS ONLINE – Pagos mis Cuentas | 24 hs. |
PAGOS ONLINE – Tarjetas de Crédito y/o Débito | En el día |
PAGOS ONLINE – Redes de pago en Efectivo Rapipago, Pago Fácil, Cobro Express, Provincia Net | 48 hs. |
PAGOS ONLINE – Transferencias Bancarias Programadas | 24 hs. |
TRANSFERENCIAS 3.0 (Pago con QR) | En el día |
Débito Automático | 72 hs. |
Cheques en ATM | 72 hs. |
Colegio de Escribanos Posadas | 24 hs. |
Colegio de Escribanos Interior de la Provincia | 48 hs. |
Banelco – Pago Mis Cuentas | 24 a 48 hs. |
Rapipago | 24 hs. |
MACROCLICK | 24 hs |
Exenciones
Dicha Exensión esta dirigida a las personas que tengan Inmuebles – tierras y nuevas construcciones realizadas por la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) por el término de cinco (5) años; se debera presentar una Nota dirigida a la Directora Provincial de Rentas, Cra. GREGORI Eva María Belén, solicitando la exención.
Requisitos:
1. Nota dirigida a la Directora Provincial de Rentas solicitando la exención del
pago del impuesto inmobiliario de acuerdo al art. 139 inc. l) del CFP Ley XXIIN°35.
2. Copia de DNI del adjudicatario.
3. Constancia de CUIT/CUIL del adjudicatario.
4. Boleta de servicio público que acredite el domicilio fiscal.
5. Constancia de Adjudicación del inmueble extendido por el IPRODHA en el cual
conste la fecha de toma de posesión y número de partida inmobiliaria.
6. Constancia de adjudicación del inmueble otorgado por la EBY en el cual conste la
fecha de toma de posesión.
7. Formulario Consulta de Partida expedido por IPRODHA con los datos catastrales.
8. Formulario B de la Dirección de Catastro para casos de adjudicación de la EBY.
9. Constancia impresa de la constitución del Domicilio Fiscal Electrónico
conforme a lo establecido en el art. 26 bis de la Ley XXII N° 35 y la Res. Gral.
27/2017 DGR.
Consideraciones:
Toda la documentación presentada debe estar debidamente autenticada por
Escribano, Juez de Paz o funcionario de la Dirección autorizados para la recepción de
documentación.
Dicha Exensión esta dirigida a las personas que tengan Inmuebles – tierras y nuevas construcciones adjudicados por el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA) por el término de cinco (5) años; se debera presentar una Nota dirigida a la Directora Provincial de Rentas, Cra. GREGORI Eva María Belén, solicitando la exención.
Requisitos:
1. Nota dirigida a la Directora Provincial de Rentas solicitando la exención del
pago del impuesto inmobiliario de acuerdo al art. 139 inc. l) del CFP Ley XXIIN°35.
2. Copia de DNI del adjudicatario.
3. Constancia de CUIT/CUIL del adjudicatario.
4. Boleta de servicio público que acredite el domicilio fiscal.
5. Constancia de Adjudicación del inmueble extendido por el IPRODHA en el cual
conste la fecha de toma de posesión y número de partida inmobiliaria.
6. Constancia de adjudicación del inmueble otorgado por la EBY en el cual conste la
fecha de toma de posesión.
7. Formulario Consulta de Partida expedido por IPRODHA con los datos catastrales.
8. Formulario B de la Dirección de Catastro para casos de adjudicación de la EBY.
9. Constancia impresa de la constitución del Domicilio Fiscal Electrónico
conforme a lo establecido en el art. 26 bis de la Ley XXII N° 35 y la Res. Gral.
27/2017 DGR.
Consideraciones:
Toda la documentación presentada debe estar debidamente autenticada por
Escribano, Juez de Paz o funcionario de la Dirección autorizados para la recepción de
documentación.
Dicha Exensión esta dirigida a los Jubilados y Pensionados; se debera presentar una Nota dirigida a la Directora Provincial de Rentas, Cra. GREGORI Eva María Belén, solicitando la exención.
Requisitos:
1. Nota dirigida a la Directora Provincial de Rentas solicitando la exención del pago del
impuesto inmobiliario de acuerdo al art. 139 inc. n) y por la misma DECLARA BAJO
JURAMENTO que es el único inmueble de su propiedad en la Provincia y que los
haberes de jubilado /pensionado son los únicos que percibe del CFP Ley XXII-N°35.
2. Copia de DNI del jubilado/pensionado.
3. Constancia de CUIT/CUIL.
4. Copia de la credencial de jubilado/pensionado.
5. Copia del último recibo de haberes.
6. Copia del instrumento que acredite la titularidad del inmueble en caso de
adjudicaciónde inmueble otorgado por el IPRODHA o por la EBY deberán presentar
el certificado de adjudicación del inmueble.
7. Constancia expedida por el Registro de la Propiedad Inmueble certificando que es
la única propiedad inscripta a su nombre (formulario F3).
8. Constancia expedida por el Registro de la Propiedad Inmueble certificando que la
propiedad está afectada como bien de familia o posee inscripción como afectación al
“Régimen de Protección de la Vivienda” (Art. 244 y siguientes C.V. C)
9. -Certificado de domicilio expedido por la policía y boleta de prestación de servicios
públicos.
10. Partida Inmobiliaria sin deuda o con plan de facilidades de pago al día de los periodos
anteriores a la solicitud de exención.
11. Constancia impresa de la constitución del Domicilio Fiscal Electrónico conforme a
lo establecido en el art. 26 bis de la Ley XXII N° 35 y la Res. Gral. 27/2017 DGR
Consideraciones:
Toda la documentación presentada debe estar debidamente autenticada por
Escribano, Juez de Paz o funcionario de la Dirección autorizados para la recepción de
documentación.